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Documento que acredita que cualquier clase de vivienda cumple la Normativa técnica sobre habitabilidad y es, por tanto, apta a efectos de su uso residencial o morada humana.

 

Este documento es necesario para toda contratación de servicios de suministro propios de la vivienda, posterior a la inicial ocupación de la misma.

 

 

¿Quién lo puede solicitar?

 

Personas físicas y/o jurídicas propietarias del inmueble de que se trate.

 

Cuando solicitarlo

 

Cuando transcurridos diez años desde la obtención de la licencia de primera ocupación concurra alguna de las siguientes circunstancias:

 

- Se produzca una transmisión de la propiedad: (Segunda y posteriores)

- Sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.

 

Documentación a presentar

 

Declaración Responsable de renovación de licencia de ocupación, según modelo normalizado, suscrita por el propietario del inmueble o del representante legal, caso de ser una persona jurídica.

 

En dicha declaración se deberá manifestar que la vivienda cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente para el reconocimiento del derecho de su renovación y que se compromete a mantener su cumplimiento durante los diez años que dura dicho reconocimiento.

 

Acompañada de la siguiente documentación:

-  Fotocopia del DNI del propietario del inmueble y de su legal representante, en su caso.

-  Documento de autorización del propietario, en su caso

-  Justificante de haber liquidado la correspondiente tasa

 

Si a la vista de la inspección que se practicara a la vivienda, se considera aportuno o necesario por los Servicios Municipales, se deberá aportar asimismo, con posterioridad:

 

Certificación técnica expedida por técnico competente, que acredite el cumplimiento de la normativa de Habitabilidad y Diseño vigente y que no se trata de vivienda de nueva planta especificando la calificación del suelo en que la vivienda se ubica y su superficie útil.

 

Redactamos el Certificado Técnico que acredita el cumplimiento de la Normativa de Habitabilidad y Diseño vigente en cada Municipio o Comunidad Autónoma en la que se ubique, y que no se trata de vivienda de nueva planta, especificando la calificación del suelo en que la vivienda se ubica así como su superficie útil.

 

 

TASAS                                                                                                                                                                               

 

La cuantía se calcula en función de los metros cuadrados de superficie útil de la vivienda. 

 

El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones-Modelo 855 o personándose en la oficina de Atención Ciudadana de Tabacalera.

RENOVACIÓN LICENCIA DE OCUPACIÓN DE VIVIENDA. 2º OCUPACIÓN

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